Supervisión y Monitoreo de Casas Hogares
El objetivo principal es garantizar que los niños, niñas y adolescentes menores de 18 años, que se encuentra en albergues de protección sin el cuidado parental, mantenga las garantías de sus Derechos mientras persista la medida excepcional.
De acuerdo a la Convención sobre los Derechos del Niño, el Estado debe garantizar su cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes que estén privados permanente o temporalmente de su medio familiar.
La Ley Nº. 14 del 23 de enero de 2009, por la cual se crea la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, establece entre sus funciones la de supervisar y evaluar la calidad en los programas y servicios sociales dirigidos a la niñez, y la adolescencia ejecutados por entidades públicas y privadas, así como su apego al respeto por los derechos humanos.
Decreto Ejecutivo Nº404 del 30 de octubre de 2020, que regula la apertura y funcionamiento de los albergues para niños, niñas y adolescentes y se subroga el Decreto Nº 26 del 21 de abril de 2009.

