Supervisión y Monitoreo de Casas Hogares

El objetivo principal es garantizar que los niños, niñas y adolescentes menores de 18 años, que se encuentra en albergues de protección sin el cuidado parental, mantenga las garantías de sus Derechos mientras persista la medida excepcional.

De acuerdo a la Convención sobre los Derechos del Niño, el Estado debe garantizar su cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes que estén privados permanente o temporalmente de su medio familiar.

La Ley Nº. 14 del 23 de enero de 2009, por la cual se crea la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, establece entre sus funciones la de supervisar y evaluar la calidad en los programas y servicios sociales dirigidos a la niñez, y la adolescencia ejecutados por entidades públicas y privadas, así como su apego al respeto por los derechos humanos.

Decreto Ejecutivo Nº404 del 30 de octubre de 2020, que regula la apertura y funcionamiento de los albergues para niños, niñas y adolescentes y se subroga el Decreto Nº 26 del 21 de abril de 2009.

La Dirección de Articulación para Protección Integral, para cumplir con el objetivo realiza el acompañamiento de supervisiones e inspecciones periódicas a los diferentes albergues a nivel nacional, con la finalidad de:

  • Establecer las estrategias y las medidas de control necesarias para llevar a cabo las supervisiones de los albergues con el Comité de Supervisiones.

  • Coordinar las inspecciones y seguimientos de las supervisiones.

  • Regula la apertura y funcionamiento del albergue

  • Coordinar y realizar supervisiones a los albergues para observar las condiciones en que se encuentran los niños, niñas y adolescentes, de las instalaciones, mobiliarios, recurso humano que presta sus servicios en los albergues, siguiendo estándares de calidad, a través del cumplimiento de estrategias respaldadas mediante Decreto Ejecutivo N. 404 del 30 de octubre del 2020

  • Llevar el registro de los albergues autorizados por la Autoridad Administrativa.

  • Llevar el registro de niños, niñas y adolescentes en albergues y actualizarlos constantemente.

  • Proporcionar a los albergues asesoría profesional en materia jurídica, psicológica y de trabajo social.

  • Promover y coordinar cursos permanentes de capacitación y actualización en derechos humanos de niños, niñas y adolescentes para todo el personal en los albergues cumpliendo con lo establecido en el capítulo primero del Decreto Ejecutivo N. 404 del 30 de octubre del 2020.

  • Coordinar con instituciones gubernamentales la ejecución del cumplimiento de los derechos a los servicios básicos de los niños, niñas y adolescentes.

  • Aprobar el reglamento interno de funcionamiento y atención.

  • Realizar las funciones que éstas u otras normas legales le asigne.